La Municipalidad extendió hasta el viernes 6 el plazo para acogerse al régimen de Sinceramiento Fiscal

Mediante esta operatoria, los contribuyentes pueden regularizar construcciones y mejoras edilicias; automotores no inscriptos regularmente; fondos de comercio, negocios o actividades comerciales no declaradas y cartelería.

Image description

Si te olvidaste, aún estás a tiempo. Ayer la Agencia de Recaudación de la Municipalidad de Salta (ARMSa) resolvió prorrogar hasta el próximo viernes 6 de abril el vencimiento del tercer y último tramo para el acogimiento al régimen de Sinceramiento Fiscal.

La medida se tomó para que más contribuyentes e interesados puedan adherirse a dicho régimen. Asimismo, se tuvo en cuenta que el último día para acogerse era el 31 de marzo, que es inhábil por ser sábado, y además se agregan los feriados de Semana Santa los días el 29 y 30 y el feriado nacional del lunes 2 de abril.

Se recuerda que a través de la operatoria de Sinceramiento Fiscal se pueden regularizar metros cuadrados construidos no declarados, es decir edificaciones, construcciones, mejoras, ampliaciones y modificaciones edilicias de todo tipo; automotores no inscriptos regularmente; fondos de comercios, negocios o actividades comerciales no declaradas y cartelería.

Aquellos que efectúen la declaración voluntaria y excepcional pagarán una tasa especial, por única vez. Las bases imponibles y las alícuotas de la tasa especial serán las siguientes: Para mejoras edilicias, se valuarán al precio de plaza conforme lo dicte la reglamentación, y la alícuota será del uno por ciento; Fondos de Comercio, negocios y demás locales, como también la cartelería, se valuarán a valor de plaza y la alícuota será del 0,5%, sobre la base imponible que se exteriorice. Los vehículos automotores se valuarán conforme a la normativa vigente en la materia, y la alícuota será del 0,5%.

Las obligaciones que surgen del sinceramiento se puede abonar de contado o en cuotas.

Tu opinión enriquece este artículo: