A partir del primero de marzo, los monotributistas con domicilio fiscal en la provincia, tendrán unificado el pago de la cuota del monotributo y del impuesto a las actividades económicas. Así lo confirmó a traves de un comunicado oficial al Administración Federal de Ingresos Publicos (AFIP), confirmando así un anticipo realizado por IN Salta a fines mediados de diciembre pasado.
De acuerdo a ese comunicado, quedarán comprendidos en este sistema 51.055 contribuyentes en forma automática, de los cuales 12.287, no registraban inscripción local.
El contribuyente que hoy está inscripto en DGR y que reviste la calidad de monotributista en AFIP, quedará automáticamente incorporado al sistema, lo que implica que a partir de marzo no deberá presentar más declaraciones juradas (salvo la correspondiente a febrero que vence en marzo), ni sufrirá retenciones, percepciones, pagos a cuenta ni recaudaciones bancarias, y en una sola operación de pago, cumplirá con el tributo nacional y provincial.
Con la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución Conjunta N° 4913/21, se habilita además, la posibilidad de que los municipios se sumen al sistema, a efectos de que el contribuyente, en un solo pago pueda cumplir con sus obligaciones nacionales, provinciales y municipales.
Datos para el contribuyente
Las credenciales se deberán reimprimir desde el portal de monotributo (www.monotributo.afip.gob.ar) y también podrán efectuar sus pagos desde la aplicación para celulares, “Mi Monotributo”.
Aquellos nuevos contribuyentes, que se inscriban a partir de marzo, deberán formalizar la misma a través de la página de AFIP, en el “Nuevo Portal para Monotributistas”, opción “Alta Monotributo”, con Clave Fiscal habilitada y nivel de seguridad 2. Una vez cargados los datos requeridos, el sistema emitirá una constancia de la transacción efectuada -acuse de recibo- y la credencial para el pago.
La credencial para el pago -Formulario F. 1520- contendrá el Código Único de Revista (CUR) que será generado para cada caso, en base a la situación que revista el pequeño contribuyente frente a:
1. El impuesto integrado.
2. Los aportes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) y al Sistema Nacional del Seguro de Salud, de corresponder.
3. El Impuesto a las Actividades Económicas para los pequeños contribuyentes