A partir de hoy comienza a regir en Salta el Monotributo Unificado, una simplificación del sistema tributario provincial que se aplicará a más de 50.000 salteños que hoy son contribuyentes del Monotributo Nacional. De esa cifra, más de 12.000 no estaban inscriptos para abonar en la provincia el Impuesto a las Actividades Económicas.
¿Qué trámite deberán hacer esos contribuyentes? Ninguno. El alta en el Monotributo unificado será automática. La única excepción serán aquellos monotributistas que revisten la categoría A y tienen actividades sin mínimo en DGR (profesionales, locadores de inmuebles) podrán adherirse de manera optativa al sistema, concurriendo a la Dirección General de Rentas.
Concretamente, a partir de hoy los contribuyentes que registran la condición de monotributistas en AFIP ya no deberán presentar más declaraciones juradas del impuesto a las Actividades Económicas (salvo la correspondiente a febrero, que vence en marzo), ni sufrirán retenciones, percepciones, pagos a cuenta ni recaudaciones bancarias, y en una sola operación de pago, cumplirán con el tributo nacional y provincial.
Si algún agente de retención y percepción no tuvo suficiente tiempo para modificar sus sistemas, está previsto que si a partir del 1° de marzo le realiza alguna percepción o retención a un monotributista, será esa empresa o banco el que tenga que devolver el dinero, y luego informar esa situación a Rentas.
Durante este mes de Marzo se va a producir la particularidad de que habrá un doble vencimiento: el día 15 vencería el pago del Impuesto a las Actividades Económicas devengadas del mes de Febrero; y el día 20 vencerá el nuevo Monotributo Provincial, adelantado de Marzo. Para evitar que los contribuyentes tengan que pagar dos vencimientos en el mismo mes, Rentas Provincial determinó que los contribuyentes deberán presentar en término la declaración jurada correspondiente al impuesto devengado de febrero, pero podrán diferir el pago del Impuesto a las Actividades Económicas hasta el 31 de mayo próximo. Incluso podrán solicitar un plan de pagos por ese monto.
Respecto de la escala de montos a pagar por categoría, el cuadro es el siguiente:
- Categoría A $740
- Categoría B $1.100
- Categoría C $1.500
- Categoría D $2.200
- Categoría E $3.000
- Categoría F $3.800
- Categoría G $4.500
- Categoría H $6.000
- Categoría I $7.000
- Categoría J $8.200
- Categoría K $9.200
Estos valores corresponden exclusivamente al componente impositivo del Monotributo, por lo que cada monotributista deberá sumarle los componentes previsional y de obra social.