Ya podés tomar nota de los feriados de este año tendrá el comercio salteño, de acuerdo al calendario publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Salta. Para que planifiques tus compras, la Cámara de Comercio e Industria de Salta dio a conocer el esquema y recordó que en todos los casos es el comerciante quien decide abrir o no su local.
En el caso de convocar a un empleado durante un feriado nacional, se le debe abonar el doble por la jornada trabajada. Cuando se trata de un día no laborable es el empleador quien determina si se trabaja o no: si el empleado es convocado se le abonará el salario simple de ese día aunque si no es llamado el pago debe hacerse de todas formas. Se explicó que esto aplica para algunos feriados provinciales o festividades religiosas no reconocidas en el calendario nacional.
Febrero:
• 20: Batalla de Salta (no laborable).
• 28: Carnaval.
Marzo:
• 1: Carnaval.
• 24: Día de la memoria por la verdad y la justicia.
Abril:
• 2: Día del Veterano y de los Caídos en la guerra de Malvinas.
• 14: Jueves Santo (no laborable).
• 15: Viernes Santo.
• 15: Pascua Judía (no laborable).
• 23: Pascua Judía.
Mayo:
• 1: Día del trabajador.
• 25: Día de la Revolución de Mayo.
Junio:
• 17: Día del paso a la inmortalidad del Gral. Güemes.
• 20: Día del paso a la inmortalidad del Gral. Belgrano.
Julio:
• 9: Día de la Independencia.
• 9: Día del Sacrificio (no laborable).
• 29: Año nuevo musulmán (no laborable).
Agosto:
• 15: Paso a la inmortalidad de don José de San Martín (trasladado).
Septiembre:
• 15: Festividad del Señor y Virgen del Milagro (feriado provincial no laborable).
• 25: Año Nuevo Judío (no laborable).
• 26: Día del empleado de comercio.
Octubre:
• 4: Día del Perdón (no laborable).
• 7: Feriado con fines turísticos.
• 10: Día del respeto a la diversidad cultural (trasladado).
Noviembre:
• 20: Día de la Soberanía Nacional (trasladado).
• 21: feriado con fines turísticos.
Diciembre:
• 8: Día de la Inmaculada Concepción de María.
• 9: Feriado con fines turísticos.
• 25: Navidad.