La Secretaría de Defensa del Consumidor sancionó a Volkswagen S.A. con $60 mil y a Horacio Pussetto con $40 mil por no haber respetado los términos de venta de un 0 km. Ambas firmas fueron multadas por infracción a artículos de la ley 24240 referidos al deber de información, trato indigno e incumplimiento contractual.
El expediente se abrió con la denuncia de una consumidora que pagaba un plan de ahorro en Volkswagen S.A. - Horacio Pussetto para la compra de un vehículo nuevo. La señora abonó tal derecho al resultar adjudicataria, tras lo cual solicitó y pagó por el cambio de modelo.
La denunciante, con dudas respecto de varias exigencias de depósitos de dinero para recibir la unidad y luego de cumplir con esos pagos, exigió a la empresa información sobre el monto para la cancelación total del automóvil. No obstante, la concesionaria le notificó la baja de la adjudicación, poniendo a su disposición un monto de dinero mucho menor al que había abonado.
En la resolución que dispone ambas sanciones se especifica que la infracción de Volkswagen S.A. fue a los artículos 4, 8 y 19 de la ley 24240 de Defensa del Consumidor. Horacio Pussetto, en cambio, no cumplió con los artículos 4 y 8 de la mencionada normativa.
La Secretaría de Defensa del Consumidor recordó que las empresas “están obligadas a suministrar al consumidor en forma cierta, clara y detallada todo lo relacionado con las características esenciales de los bienes y servicios que provee y las condiciones de su comercialización”, como así también a garantizar condiciones de atención y de trato digno y equitativo a sus clientes.