El Comité Operativo de Emergencias autorizó el desplazamiento de las personas afectadas al desarrollo de la construcción de obra privada en los departamentos de “Alto Riesgo Epidemiológico y Sanitario” que deberán limitarse al estricto cumplimiento de dicha actividad, de conformidad a las previsiones del DNU 334/2021 del Poder Ejecutivo Nacional, cumpliendo con los protocolos sanitarios en vigencia.
Las personas afectadas deberán contar con el correspondiente permiso de circulación vigente. Era necesario aclararlo, puesto que la obra pública estaba contemplada en el DNU mientras nada se decía sobre el sector privado. Finalmente ayer el COE de Salta autorizó su reactivación.
Aquí deciden los intendentes
En los departamentos en “Mediano o Bajo Riesgo Epidemiológico y Sanitario”: General Güemes, Anta, Cafayate, San Martín, Guachipas, Iruya, La Poma, La Viña, Los Andes, Molinos, Orán, Rivadavia, San Carlos y Santa Victoria; las comunas podrán adecuar el límite horario de funcionamiento de las actividades comerciales, gastronómicas y deportivas de acuerdo con las condiciones particulares de su jurisdicción, entre las 20 y 24 horas. La modificación de horarios de dichas actividades implica cambiar la limitación de la circulación en esas zonas desde las 1 a 6 am.
La resolución N° 14/21 establece que “cada municipio deberá contemplar la normativa laboral vigente para cada sector, garantizando el control y cumplimiento de los protocolos respectivos. Las adecuaciones de horarios deberán estar debidamente fundamentadas, instrumentarse legalmente, comunicarse al Comité Operativo de Emergencia Provincial y publicarse en el Boletín Oficial. Podrán, asimismo, ampliar, limitar o suspender dichas actividades con la autorización del Comité Operativo de Emergencia Provincial, ante quien deberán fundamentar dicha situación.”