Mañana (20 de enero) vence el plazo para la recategorización en el Monotributo. Reiteramos aspectos que deberías tener en cuenta y que explica la contadora Hermosinda Egüez. En Salta esta instancia alcanza a 100 mil monotributistas.
¿Cómo sé si debo recategorizarme?
Dos veces al año, en enero y julio, el contribuyente monotributista debe analizar su situación echando una mirada a los últimos 12 meses. Lo hace analizando los parámetros que corresponden a cada categoría: ingresos brutos anuales (período comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre 2021), superficie afectada, energía consumida y monto de alquileres devengados en el mismo período mencionado de 12 meses.
Con esos parámetros ingresa en la tabla publicada por AFIP y puede suceder que se encuentre en la misma categoría en la que venía tributando, que recordamos arrancan en la A hasta la H. En este caso no debe hacer nada y su categoría queda confirmada.
Si los parámetros mencionados lo ubican en otra categoría, entonces debe recategorizarse, lo que hace en la misma web de la AFIP. Puede suceder que suba o baje de categoría.
¿Debo hacer alguna gestión o AFIP me recategoriza de oficio?
Si le corresponde recategorizarse, lo debe hacer en la web de AFIP. La AFIP puede recategorizar de oficio y aplicar una multa del 50% cuando, correspondiendo recategorizarse, no lo hubiera hecho o lo hubiera realizado en forma inexacta. En ambos casos si le corresponde una categoría más alta.
¿Me pueden multar por no hacer esta gestión?
Si, la multa es el 50% de los importes no ingresados o ingresados en menos.