El productor debe realizar una declaración jurada en la que indique sus datos personales, los almácigos que realizará y la superficie que tiene intención de plantar, indicando los lotes o unidades donde realizará la plantación, las otras actividades agropecuarias que tiene y los bienes de capital que dispone.
Antes de autorizar el pago del precio complementario, el organismo provincial competente o la entidad que tenga a cargo tal tarea deberá verificar que el productor haya declarado a) la superficie plantada que fue perdida y sus causas; b) la producción obtenida, discriminando la comercializada en acopio y la entregada a cada uno de los productores asociados en función de tal asociación, indicando a quien se le hizo la entrega; c) la mano de obra utilizada en cada una de las etapas de la producción, clasificación y acondicionamiento. Además, deberá tener vigente la constancia de inscripción ante AFIP.