La habilitación de comercios fue históricamente un trámite complejo y engorroso en la Municipalidad de Salta. Pero a partir del dictado del Decreto Nº 479/18 se modificaron los requisitos que se solicitan a la hora de empezar esa gestión, lo que simplificó la vida tanto de quienes inician como de los que deben renovar sus habilitaciones.
Algunas de las modificaciones que contempló la norma fueron que los comercios que realizan actividades de bajo impacto ambiental y sin afluencia masiva de público, sólo deben contar con matafuego de 5 kg. ABC, certificado mediante la tarjeta de carga vigente. Por su parte, los comercios que realizan actividades de mediano y alto impacto ambiental, y con afluencia masiva de público, deben presentar el Certificado de Bomberos o, en su defecto, un informe técnico realizado por un profesional en Seguridad e Higiene.
La norma prevé además que para los locales de hasta 300 metros cuadrados será necesario presentar sólo el plano de arquitectura o un croquis con informe eléctrico. Aquellos locales que superen los 150 metros cuadrados contarán con un plazo de dos años para presentar el plano o relevamiento de estructura.
También se eliminó el requisito de certificación de firmas ante escribano público en contratos de alquiler, comodatos o autorizaciones para uso.
A los fines de facilitar la implementación de estas modificaciones, la Subsecretaría de Habilitaciones dispuso que los beneficios antes mencionados se aplicarán de manera retroactiva a los trámites iniciados con fecha anterior al decreto, colaborando de esta manera con todos aquellos contribuyentes que ya iniciaron el proceso de habilitación comercial.
Asimismo, se resolvió que en aquellos casos en los cuales la documentación proporcionada por el contribuyente venciera en el proceso administrativo de habilitaciones, se emitirá el correspondiente certificado habilitante. En estos casos, es obligación del contribuyente mantener la documentación vigente en su local a fin de ser presentada en las inspecciones futuras.
En el mismo sentido, en adelante no se solicitará certificado de salud y manipulación de alimentos, para aquellos emprendimientos del rubro como requisito del trámite de habilitación. Esta documentación será obligatoria de presentar ante inspecciones de la Subsecretaría de Control Comercial.
A partir de las modificaciones implementadas el subsecretario de Habilitaciones, Claudio Mohr afirmó: “estos pedidos responden a la solicitud del Intendente que se propuso el objetivo de simplificar el trámite de habilitaciones, entendiendo que el municipio debe ser parte del desarrollo de la actividad comercial en Salta”.
A fines de resolver consultas, se encuentran a disposición las redes sociales de la Subsecretaría de Habilitaciones en Facebook y Twitter (@shabilitaciones), la dirección de correo electrónico (aquí) o el teléfono (0387) 4160900 – int. 1701.