La ley de Fomento Ganadero es un proyecto que el Poder Ejecutivo envió a la Legislatura a fines del año pasado, con el objetivo manifiesto de crear un régimen provincial de promoción de la actividad que apuntará a incrementar la producción, asegurar su calidad y fortalecer su competitividad comercial a través de la integración de toda la cadena de valor.
Para ello, instrumentó una serie de herramientas financieras y de fomento enfocadas en líneas de crédito e incentivos para la compra de vientres y reproductores; líneas de financiamiento para la compra de granos destinados a engorde; y la promoción del desarrollo de la infraestructura que necesita el sector.
También impone al Gobierno implementar programas de capacitación continua y llevar adelante un sistema de asistencia y seguimiento técnico para los productores. Además, fija las tasas que deben pagar los productores tanto para el control de Tránsito Animal como para otros servicios como la inspección veterinaria, la habilitación de establecimientos de faena y el control higiénico-sanitario sobre las carnes.
Por otra parte, y a partir de las inquietudes planteadas por productores y legisladores, se incorporó todo un capítulo que regula la compensación que recibirán los ganaderos cuyo rodeo es víctima de ataques de grandes felinos protegidos, como pumas, yaguaretés y gatos onza.
Durante el debate legislativo del proyecto se introdujeron modificaciones que el Ejecutivo ahora rechaza. El caso más evidente es el del artículo 2°, que facultó al Gobierno a crear una sociedad anónima con participación estatal “que tenga por objeto establecer los valores de referencia de los granos destinados a la transformación de carnes, leches, huevos y sus derivados”. Ese mismo artículo habilitaba a ese organismo a “fijar precios referenciales para los diferentes productos provenientes de las economías regionales”.
Desde el Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable señalaron que no está en el espíritu del Gobierno la idea de intervenir los mercados de granos para favorecer la producción ganadera, ya que ello podría generar arbitrariedades para favorecer a unos en detrimento de otros.
El otro artículo que será vetado tiene que ver con la decisión de los legisladores de imponer al Ejecutivo cómo distribuir lo recaudado en concepto de tasas vinculadas a la ley. El texto que salió de la Legislatura determinaba que el 80% debía destinarse a la promoción de la actividad a través de créditos y otras acciones de fomento; mientras que el 20% restante debía afectarse a la prestación de los servicios que debe brindar el Estado a la actividad ganadera. Para el Ejecutivo, la determinación del destino de los fondos forma parte de sus facultades, y debe estar más asociado a las necesidades puntales de su gestión que a las aspiraciones de los legisladores.