Como consecuencia de las gestiones realizadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta (CPCES) ante autoridades provinciales, la recientemente sancionada Ley Nº 8260 permitirá a ciertos contribuyentes, particularmente a profesionales, solicitar la exclusión del Régimen Simplificado Provincial.
Este régimen, que si bien tiene como objeto simplificar y unificar los trámites de inscripción y pago de las Administraciones Tributarias Nacionales, Provinciales y Municipales, perjudicaba a los profesionales incluidos en el Monotributo, entre otros a los de Ciencias Económicas, ya que terminarían pagando un monto fijo que no se correspondería en forma directa con la base real facturada.
La Ley Nº 8260 recientemente aprobada en la Cámara de Diputados, sustituyó, por sugerencia del CPCES, el artículo 185º del Código Fiscal, referente al Régimen Simplificado del Impuesto a las Actividades Económicas (Régimen Simplificado Provincial o RSP) introduciendo la posibilidad de solicitar la exclusión del mencionado régimen a ciertos contribuyentes, particularmente a los profesionales.
La Resolución General 12/2021 reglamenta el procedimiento de exclusión, estableciendo que, para poder hacer uso de la opción de exclusión prevista se deberán cumplir requisitos referidos a: actividad económica desarrollada, código de actividad, documentación que acredite la misma y adhesión al domicilio fiscal electrónico.
Ante esta situación, y para facilitar a sus matriculados el cumplimiento de la acreditación de título universitario y matrícula profesional, el CPCES informó que aquellos profesionales que nuclea que opten por la exclusión podrán enviar un mail a comisiones@consejosalta.org.ar informando su intención de volver al Régimen General (exclusión del Régimen Simplificado), con lo que el Consejo enviará un informe a la DGR acreditando la validez de la matrícula profesional.
Las solicitudes de exclusión se deberán realizar hasta los días 15 de cada mes y serán operativas, una vez aprobadas por la Dirección General, desde el mes siguiente de tal solicitud. No obstante ello, las solicitudes de exclusión que resultaran operativas a partir del anticipo agosto/2021, serán recibidas excepcionalmente hasta el día 26/07/2021 inclusive, para su verificación y aprobación respectiva.
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