La Secretaría de Defensa del Consumidor aplicó una multa de $ 35.000 al Banco Itaú por incumplimiento a un acuerdo conciliatorio. El expediente se inició con la denuncia de una consumidora cuando la entidad bancaria no respondió a su pedido de dar de baja una tarjeta de crédito que no había solicitado.
Luego de tres audiencias, el Banco Itaú se comprometió a ajustar la deuda a cero y a cerrar los paquetes de servicios de titularidad de la consumidora. Pero luego no cumplió el acuerdo y continuó intimando de manera insistente a la denunciante a pagar la deuda que debía haber eliminada. El incumplimiento de los acuerdos conciliatorios se considera violación al artículo 46 de la ley 24240 de Defensa del Consumidor, por lo que se sancionó a la entidad con una multa de $ 35.000.
La subsecretaria de Conciliación en las Relaciones de Consumo, María Emilia Ruiz, indicó que "resulta grave la conducta adoptada por la empresa si se tiene en cuenta que la denunciante volvió a depositar su confianza en la entidad al firmar el acuerdo conciliatorio en sede administrativa y no obstante fue nuevamente defraudada en su buena fe”.
La funcionaria del Ministerio de Gobierno dijo además que “hay que destacar que este accionar no coincide con el estándar exigible a estas entidades, las que deben actuar con la profesionalidad y responsabilidad acorde a su objeto empresarial".
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