Luego de este acuerdo, el Gobierno Provincial puso en vigencia el Decreto 1.348 de Alivio Fiscal, para las pymes que tuvieran obligaciones tributarias, intereses, recargos y multas devengados al 31 de agosto de 2019. Esta medida estará vigente hasta el 27 de diciembre de este año. Se encuentran alcanzadas por este beneficio, todas las obligaciones tributarias legisladas por el Código Fiscal y que recauda la Dirección General de Rentas de la Provincia.
Ante la caída de la actividad económica general, se definieron los siguientes beneficios para un alivio fiscal:
- Reducción de intereses y multas.
- Planes de pagos especiales para regularizar deudas.
- Financiación especial para el impuesto de sellos.
- Exclusión del régimen de recaudación bancaria para contribuyentes cumplidores y también aquellos con saldos a favor.
- Suspensión de alícuotas diferenciales para contribuyentes con riesgo fiscal.
- No inicio de juicios por deudas tributarias y suspensión de embargos. Además se podrá sustituir los embargos sobre cuentas por bienes.
Reducción de intereses y multas
Habrá una reducción del 50% sobre los intereses resarcitorios, para las obligaciones devengadas hasta el 31 de agosto de 2019. También ingresan los intereses punitorios por deudas incluidas en juicios ejecutivos. En cuanto a las multas, un beneficio similar del 50% se aplicará a las multas generadas hasta el 31 de agosto de este año y que ya cuente con resolución de Rentas. Para las multas que se encuentren trámite la reducción de la misma será de un 100% siempre que finalicen el trámite antes del 27 de diciembre de este año.
Planes de pagos especiales
En cuanto a los planes de pago para regularizar deudas, habrá una reducción del 100% de los intereses para aquello planes de pagos que se suscriban hasta en 12 cuotas con anticipo incluido. Las deudas generadas en concepto de retenciones y percepciones podrán se saldadas hasta en 6 cuotas. Por otro lado, habrá una reducción del 50% de los intereses de financiación, en los planes de pago que se suscriban hasta en 24 cuotas, incluido el anticipo.
Financiación especial para el impuesto de sellos
Con respecto al pago del Impuesto a los Sellos, podrá financiarse hasta en 3 pagos, iguales y consecutivos y sin intereses de financiación. Al igual que los otros beneficios se podrá acceder hasta el 27 de diciembre de 2019.
Para todos los casos, quienes deseen regularizar su situación fiscal, pueden acercarse a la Dirección General de Rentas, por calle España 625, de lunes a viernes de 8.15 hasta las 15.45.
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