La Provincia y el municipio Capital ya adhirieron al Blanqueo de Capitales (y sigue vigente la Moratoria)

Para evitar el reclamo de deudas asociadas al blanqueo, los contribuyentes deberán hacer las declaraciones juradas primero en AFIP y luego en Rentas. La Moratoria, por su parte, permite regularizar deudas con planes de pago y reducciones de intereses y multas. 

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Mientras hoy se completa la primera etapa del Blanqueo de Capitales a nivel nacional, tanto la Provincia como el municipio Capital ya adhirieron a la norma y, en el primer caso, ya estableció los mecanismos para notificar del blanqueo a la Dirección General de Rentas. En la Municipalidad, mientras tanto, la adhesión fue aprobada recién el miércoles pasado por el Concejo Deliberante, por lo que habrá que esperar primero la promulgación de la Ordenanza y luego la correspondiente reglamentación.

La Provincia adhirió a lo que formalmente se conoce como el “Régimen de Regularización de Activos” previsto en el Título II de la Ley nacional 27.143, a través de la ley provincial N° 8.461. En la normativa dictada a continuación se estableció que las exteriorizaciones que los contribuyentes realicen en AFIP, luego podrán realizarlas ante Rentas. Para ello presentarán vía web la Declaración Jurada, el Acuse de Recibo y el Comprobante de pago, según corresponda, que realizaron en el Fisco nacional. 

El pasado miércoles, mientras tanto, el Concejo Deliberante capitalino aprobó la adhesión al municipio al Blanqueo; norma que ahora deberá ser promulgada y reglamentada para definir su aplicación. En declaraciones periodísticas el concejal Gonzalo Corral, presidente de la Comisión de Hacienda, señaló que "con esta decisión la Municipalidad busca darle tranquilidad a sus contribuyentes de que no van a ser perseguidos por deuda de carácter municipal asociadas a los bienes y fondos declarados en el blanqueo".

Sigue vigente la Moratoria provincial

Por otra parte, se informó que continúa vigente la Moratoria provincial dispuesta por la Ley N° 8.461, lo que permite a los contribuyentes que tengan deudas hasta marzo del 2024 regularizar esas obligaciones con beneficios, tanto en intereses resarcitorios, como de financiación diferenciales menores y con quita en las multas, conforme a la modalidad de pago que elijan. En este sentido, se podrán hacer planes de pago de hasta 36 cuotas. Para ello, están habilitados todos los servicios web en www.dgrsalta.gov.ar

Los contribuyentes que tengan algún procedimiento administrativo o judicial en trámite, deberán acercarse a Rentas, para tramitar el caso en particular. 

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