Reducción de hasta un 70% de intereses en deudas municipales

Desde la semana que viene y hasta el 31 de julio, estará vigente el último tramo de beneficios previstos mediante Ordenanza 15.551, que puso en vigencia un régimen especial de regularización y facilidades de pagos para la cancelación de deudas de Impuestos, Tasas y Contribuciones impagas y devengadas hasta el 31/12/2018.

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Los beneficios previstos son en pago contado, esto es en efectivo y/o tarjeta de crédito, una reducción del 70%; mientras que si se acogen al Plan de Facilidad de Pagos, de hasta 12 cuotas, la reducción será de un 40%. Esta última opción está disponible para deudas de capital superior a $ 30.000.

Los planes de facilidades de pago deberán reunir las siguientes condiciones: 

  • Deberá formalizarse un plan por cada tributo y concepto (padrón, dominio, catastro).
  • Cada plan no podrá exceder las doce cuotas y será aplicable únicamente a deudas de capital mayores $ 30.000.
  • El monto del anticipo a ingresar no podrá ser inferior al 20% de la deuda de capital.
  • Se considerará formalizado con el pago del anticipo correspondiente.
  • Los pagos del anticipo y de las cuotas deberá efectuarse mediante débito directo en cuenta bancaria.
  • Para deudas superiores a $ 300.000 se deberá constituir garantía real.
  • La tasa de interés de financiamiento será del 0,5% mensual.

Es importante señalar que para el pago con tarjeta de crédito, estarán habilitadas únicamente en cajas municipales del Centro Cívico Municipal. Con Visa se puede abonar en 1 a 12 cuotas; mientras que con MasterCard, en una cuota. El costo administrativo será equivalente al 2% de la deuda a cancelar. 

Para la emisión de las boletas de pago, se puede ingresar a http://municipalidadsalta.gob.ar/boletas/, o ir concurrir al Centro Cívico Municipal;el Paseo Salta (Libertad – Avda. Tavella y Ex Combatientes de Malvinas); el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta, en España N° 1420; en el Colegio de Escribanos de Salta -Mitre N° 384-, o en la Delegación municipal San Luis.

Reducción a infracciones de tránsito

La Ordenanza establece de modo excepcional, un régimen especial de regularización de multas por infracciones de tránsito labradas hasta el 31 de diciembre de 2018. No podrán acceder a lo previsto por el presente régimen, las multas y/o infracciones de tránsito de la siguiente naturaleza:

  • Conducir con alcohol en sangre. (Alcoholemia)
  • Conducir bajo el efecto de Estupefacientes.
  • No respetar semáforos.
  • Exceder los límites de velocidad permitidos.
  • Por conducir utilizando auriculares y/o sistemas de comunicación manual continua y/o pantallas o monitores de video VHF, DVD o similares en el habitáculo del conductor. 
  • Circular sin tener aprobada la revisión técnica obligatoria (RTO).
  • Circular sin tener cobertura de seguro obligatorio.
  • Circular sin usar casco.
  • Obstaculizar rampas.

Los infractores que adhieran al presente régimen accederán a una reducción del 70% del mínimo legal por infracción, no siendo aplicable en acumulación con el beneficio del pago voluntario.

Todos los trámites para adherir a lo establecido por la Ordenanza 15.551 con respecto a las multas de tránsito, se realizan exclusivamente en el Tribunal Administrativo de Faltas, Avda. Paraguay N° 1240.

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