Están incluidos los siguientes tributos: Impuesto Inmobiliario, Tasa General de Inmuebles (TGI), Impuesto a la Radicación de Automotores, Tasa de Protección Ambiental y la Tasa para la prevención y protección para personas y bienes.
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Bonificación de dos meses
Se bonifican noviembre y diciembre, es decir que el contribuyente abona solo 10 períodos de facturación. Se puede abonar al contado o de forma on line https://municipalidadsalta.gob.ar/ Para esta última opción está disponible Macro Clic en seis cuotas sin interés.
Otras opciones de pago son con tarjetas Visa en un solo pago y Banco Hipotecario en 6 cuotas sin interés. Los pagos al contado se realizan en el CCM, ARMSa, Pago Fácil, RapiPago, Delegación San Luis y CIC de Unión.
Para quienes abonen el pago anual a través de la boleta de Edesa, el beneficio de dos meses bonificados se implementa de la siguiente forma: el contribuyente abonará 8 meses (marzo a octubre) debiendo abonar enero y febrero. En total sólo pagará 10 periodos como estipula el beneficio.
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Descuento del 12%
El descuento se realiza sobre el monto total a pagar en doce meses. Se puede abonar con Tarjetas Visa, Mastercard y Cabal, en 3, 6 y 12 cuotas. Para el descuento del 12%, todas las operaciones deben realizarse vía online.
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Exenciones del 100%
Se recuerda que jubilados, pensionados, desocupados, veteranos de Malvinas, familiares directos de salteños caídos en Malvinas, personas con discapacidad y con enfermedades terminales propietarios de una parcela o unidad habitacional están exentos del pago del Impuesto Inmobiliario y la TGI.
En cuanto al Impuesto a la Radicación de Automotores los exentos de pagar este tributo en un 100% son personas lisiadas propietarias de vehículos adaptados, veteranos de la Guerra de Malvinas, familiares directos de salteños caídos en Malvinas, y personas con discapacidad, en todos los casos propietarios de un automotor.
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