La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable exigirá Estudios de Impacto Ambiental y Social, y la realización de Audiencias Públicas a proyectos de desmonte menores a 300 hectáreas.
A partir de la Resolución Nº 333/20, las exigencias aumentarán en esos casos, no siendo retroactivo para los expedientes que se encuentren en trámite.
Hasta el momento, los proyectos menores a 300 hectáreas, no exigían ni Audiencia Pública ni Estudios de Impacto Ambiental.
La resolución, además, establece que en aquellos casos de baja intervención e intensidad sobre el bosque y/o impacto ambiental y social, se podrá eximir al proponente de la realización de la correspondiente audiencia pública.
No obstante, la Secretaría de Ambiente podrá exigir una herramienta de mayor difusión, información y consulta previa, respecto de cualquier tipo de plan presentado.
El documento además adecúa los requisitos que se deberán tener en cuenta para Planes de Manejo de Bosques en modalidad Aprovechamiento Forestal, Silvopastoril y cualquier otra modalidad que regule el manejo de bosque nativo con ganadería integrada en un futuro, a lo dispuesto en la Ley 26331, de Bosques.
Resolución completa aquí.
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