Posco tiene luz verde para avanzar con su proyecto de litio Sol de Oro (Salta y Catamarca se pusieron de acuerdo)

Los Gobernadores de ambas provincias acordaron el inicio de actividades en la zona de cooperación correspondiente al proyecto de litio Sal de Oro, situado en el salar de Hombre Muerto.

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Posco Argentina podrá avanzar con la segunda etapa del proyecto de litio Sal de Oro a partir del acuerdo cerrado por los Gobiernos de Salta y Catamarca en cuestión tributaria, teniendo en cuenta que el salar del Hombre Muerto, donde se desarrolla la iniciativa, comparte territorio en ambas provincias.

El gobernador salteño Gustavo Sáenz cuenta de manera sencilla el acuerdo con su par catamarqueño, Raúl Jalil: “Años peleando por el tema limítrofe y como es un tema que tiene que ser definido por el Congreso Nacional, nos sentamos y dijimos (mientras tanto) la mitad para Salta, la mitad para Catamarca porque las empresas tienen que seguir produciendo”.

Por lo que dijo el mandatario, la empresa coreana comenzará a trabajar en los próximos días. Para esto, Sáenz y Jalil aprobaron los permisos para el inicio de actividades en la zona de cooperación correspondiente al proyecto de litio Sal de Oro. El proyecto de Posco Argentina SAU impulsa la creación de más de 1.000 empleos directos y el desarrollo productivo de la región, a partir de una inversión superior a los US$ 700 millones.

Bajo un análisis integral, los equipos técnicos y legales de las Autoridades Ambientales de aplicación de ambas jurisdicciones se abocaron por meses al estudio conjunto del Informe de Impacto Ambiental correspondiente al proyecto ubicado en la zona de cooperación en el Salar de Hombre Muerto.

Esta acción se enmarca en las acciones coordinadas tendientes a facilitar el desarrollo de las actividades del proyecto y garantizar que la empresa minera adopte la alternativa más respetuosa con el medio ambiente a la hora de planificar la construcción del proyecto Sal de Oro.

En este sentido, se ratificó el trabajo coordinado para asegurar y garantizar que la voluntad de dar inicio a las obras del proyecto se regirá por la correspondiente Declaración de Impacto Ambiental, de ambas jurisdicciones, conforme a lo dispuesto por el artículo 252 del Código de Minería.

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