Te contamos todo sobre la recategorización del Monotributo, que vence este jueves 20 de enero

¿Cómo sé si tengo que recategorizarme? ¿Debo hacer alguna gestión o AFIP me recategoriza de oficio? ¿Me pueden multar por no hacer esta gestión? Tenemos las respuestas a estas preguntas y más en esta nota.  

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El 20 de enero (es este jueves, para que lo agendes) vence el plazo para la recategorización en el Monotributo.  Si sos monotributista, tenés que leer esta nota que le hicimos a la contadora Hermosinda Egüez y, de esa forma, vas a evitar inconvenientes y multas. Si estás dentro de los 100 mil monotributistas que serán alcanzados por la recategorización en Salta, tenemos cuatro tips súper concretos y simples con información de utilidad.  

¿Cómo sé si debo recategorizarme?  

Dos veces al año, en enero y julio, el contribuyente monotributista debe analizar su situación echando una mirada a los últimos 12 meses. Lo hace analizando los parámetros que corresponden a cada categoría: ingresos brutos anuales (período comprendido entre el 1 de enero y 31 de diciembre 2021), superficie afectada, energía consumida y monto de alquileres devengados en el mismo período mencionado de 12 meses.  

Con esos parámetros ingresa en la tabla publicada por AFIP y puede suceder que se encuentre en la misma categoría en la que venía tributando, que recordamos arrancan en la A hasta la H. En este caso no debe hacer nada y su categoría queda confirmada.  

Si los parámetros mencionados lo ubican en otra categoría, entonces debe recategorizarse, lo que hace en la misma web de la AFIP. Puede suceder que suba o baje de categoría.    

   

¿Debo hacer alguna gestión o AFIP me recategoriza de oficio?  

Si le corresponde recategorizarse, lo debe hacer en la web de AFIP. La AFIP puede recategorizar de oficio y aplicar una multa del 50% cuando, correspondiendo recategorizarse, no lo hubiera hecho o lo hubiera realizado en forma inexacta. En ambos casos si le corresponde una categoría más alta.  

¿Me pueden multar por no hacer esta gestión?  

Si, la multa es el 50% de los importes no ingresados o ingresados en menos.  

Cuatro cosas que debés saber sobre la recategorización de Monotributo  

1.       Debemos controlar los ingresos brutos de los últimos 12 meses para compararlos con los valores de las nuevas categorías.  Esa información está disponible en la Web de Afip, pestaña "MONOTRIBUTO"  

2.       En caso que no sea necesaria una recategorización, no deberás realizar ningún trámite.  

3.       Si debés recategorizarte, pagarás el nuevo importe a partir del mes de febrero de 2022  

4.        El trámite es obligatorio, a excepción de aquellos monotributistas que tengan una antigüedad inferior a 6 meses.  

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