El dólar agro también para el tabaco (el sector fue incorporado al Programa de Incremento Exportador)

La cotización diferencial es para las operaciones que se realicen hasta el 25 del corriente. El beneficio es del Programa de Incremento Exportador.

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El sector tabacalero fue incorporado por el Ministerio de Economía al conjunto de productos de economías regionales que se benefician con el Programa de Incremento Exportador, que otorga una cotización diferencial del dólar para las operaciones de comercio exterior. La misma precisó que será para operaciones que se realicen hasta este miércoles 25.

La nómina de productos incorporados al régimen son cebada, sorgo, semillas, harinas y aceite de girasol, jugo de uva (incluido el mosto), vino espumoso tipo champaña, vinos, tabaco, cigarros y cigarrillos, minerales de plata, cueros y pieles enteros, vehículos automóviles para el transporte de mercancías.

El Programa establece la obligación de ingresar el 75% de los dólares el Mercado Libre de Cambios, pero con el restante 25% se pueden "concretar operaciones de compraventa con valores negociables adquiridos con liquidación en moneda extranjera y vendidos con liquidación en moneda local".

Esto implica ingresar ese porcentaje restante al tipo de cambio Contado con Liquidación, práctica que durante la primera etapa del Programa de Incremento Exportador se realizaba para poder generar una mejora en la capacidad de pago de la industria para aumentar los precios ofrecidos al productor.

Economía puso en marcha el programa a principio del mes pasado solo para la soja y originalmente regía hasta el 30 del mismo mes, pero se extendió hasta este miércoles.

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