Extensión de la cuarentena: Rentas prorroga el vencimiento de impuestos provinciales

El anuncio lo realizó el secretario de Ingresos Públicos, quien detalló que seguirán otorgándose beneficios a los contribuyentes cumplidores.

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El secretario de Ingresos Públicos, Diego Dorigato, anunció ayer la prórroga del vencimiento de impuestos provinciales, como así también la extensión de la feria administrativa. En conferencia de prensa, el funcionario recordó que estas decisiones tomadas por la Dirección General de Rentas son dinámicas y tienen que ver con el día a día, según la situación sanitaria.


“Prorrogamos la Feria Administrativa hasta el 20 de abril, es decir que no corre ningún plazo para contestar requerimientos o intimaciones hasta esta fecha, y esto implica también que no se aplicarán clausuras ni sanciones”, detalló el funcionario.

Además indicó que los vencimientos de los impuestos a las Actividades Económicas, Inmobiliario Rural y Sellos que operaban en marzo y habían sido prorrogados hasta el primero de abril, ahora se prorrogarán hasta el 17 de este mes; y los vencimientos correspondientes al período marzo que vencen en abril, se correrán una semana, para que en el caso de levantamiento de la cuarentena se puedan confeccionar las declaraciones juradas.

Por otro lado y respecto a la moratoria de impuestos provinciales vigente, destacó que se va  a ampliar el plazo de adhesión hasta agosto para aquellos contribuyentes que no hayan podido pagar enero, febrero o marzo.

Beneficios a contribuyentes cumplidores

Por otra parte Dorigato detalló que “se otorgarán beneficios al cumplidor, desde abril hasta junio, para todos los buenos contribuyentes que hayan tenido la calificación sin riesgo fiscal, por lo que no  van a tener retenciones bancarias en sus cuentas y en estos tres meses no se les hará una detracción como anticipo del impuesto a las actividades económicas”.

También indicó que está en vigencia el descuento del 10% del impuesto a las actividades económicas en los anticipos de junio y diciembre, y del 15%, para aquellos contribuyentes que no ingresaron en una moratoria en los últimos 5 años.

“Estos contribuyentes cumplidores, tienen la posibilidad de extender el vencimiento de los impuestos hasta fin de mes,  y además, pueden solicitar a través de la página, la posibilidad de diferir el pago por tres meses”, sostuvo. 


En este sentido Dorigato afirmó que “quienes no tengan clave fiscal lo podrán consultar en la página en los servicios sin clave, donde deben facilitar un mail, en el cual recibirán la respuesta de la Dirección General de Rentas informándole si se encuentra incluido como buen contribuyente”.

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