Para simplificar el procedimiento, desde el municipio se establecieron los cambios introducidos por el decreto N° 0479/18. En ese sentido, se agregaron reformas respecto de las ya vigentes para quienes estén en procedimiento de habilitación o deseen iniciar un emprendimiento.
Las novedades introducidas son:
- Se incrementaron los metros cuadrados para establecer cuáles son los locales sin afluencia masiva. De 80 metros cuadrados pasa a 100 metros cuadrados.
- Se brinda un certificado de bomberos de seguridad mínima contra incendio para los locales sin afluencia masiva de público y de bajo impacto ambiental y social. El matafuego debe ser ABC de 5kg y se puede presentar certificado del mismo o tarjeta de carga vigente.
- Se emitirá el certificado de habilitaciones aún cuando la documentación presentada haya vencido durante el trámite administrativo, teniendo en cuenta que no se hayan modificado las condiciones esenciales de la habilitación comercial.
- Se eliminó el requisito de certificación de firmas para los contratos que acrediten el uso del inmueble.
- Se eliminó la presentación del Certificado de Manipulación de Alimentos y el Certificado de Salud. El contribuyente deberá contar con estos en su local para la inspección.
- El principio de retroactividades se establecerá para los ciudadanos que hayan empezado el procedimiento de habilitaciones bajo la normativa contemplada por el decreto N°479/18, salvo que los mismos manifiesten lo contrario.
Es importante señalar que, en caso de consultas de expedientes, los ciudadanos pueden descargar en sus celulares, la aplicación “Salta Activa” para agilizar la búsqueda de información o para solicitar turnos a través de “Fila Virtual” en la misma aplicación.
Por reclamos, sugerencias o requisitos particulares, se encuentran a disposición las redes sociales y otras vías de comunicación de la Subsecretaría de Habilitaciones:
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